La reciente sentencia  01814/2016 del Tribunal Superior de Justicia e Castilla y León ha declarado nulo el Decreto 2/2016, de 4 de febrero,  de autorización y funcionamiento de los centros de carácter social para la atención a las personas mayores en Castilla y León.

La sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJCyL, estima  el recurso interpuesto por la Asociación Casa de Beneficencia de Valladolid y justifica la declaración de nulidad del citado decreto en la «defectuosa calidad normativa al carecer de la imprescindible memoria económica», ya que la Junta no elaboró un estudio económico obligatorio cuando se redacta un Decreto que previese los efectos sobre los presupuestos públicos de las nuevas exigencias.

La Sala anula el Decreto, además, porque  entiende que determinados preceptos adolecen de indefinición  sobre personal mínimo, personal técnico, número máximo de personas que podrán ser atendidas por cada profesional…etc. No obstante, la sentencia aún no es firme, siendo recurrible en casación en un plazo de treinta días ante el mismo tribunal.

Así las cosas, ahora mismo el Decreto que incorpora las unidades de convivencia, las residencias multiservicios y el profesional de referencia ha quedado anulada.

Habrá que esperar para conocer cómo se tramitarán los expedientes que se hayan abierto en virtud del Decreto recientemente anulado.

Fuentes: Inforesidencias.com / Poderjudicial.es / bocyl.jcyl.es